Resid. por colab. con Aut. Laborales | Estudio Jurídico LEGEM
Foto con las palabras RESIDENCIA POR COLABORACIÓN CON LAS AUTORIDADES LABORALES en mayúscula y un fondo con un mapa del mundo.

Este nuevo permiso consiste en una autorización de residencia por circunstancias excepcionales concedida a aquellos extranjeros que colaboren y ayudan a las autoridades laborales (denunciando a un empleador que les ha contratado de manera irregular), o a aquellos que, por interés público, se ha considerado que merecen residir de manera legal en el país.

Así, se trata de una autorización de residencia muy similar al antiguo arraigo laboral en la medida en la que también requiere haber trabajado de manera irregular durante un mínimo de 6 meses y denunciar a tu empleador para poder conseguir tu residencia.

No obstante, hay una importante diferencia. Pues el arraigo laboral exigía haber permanecido en España durante un mínimo de 2 años de manera irregular y continuada, mientras que esta nueva figura no.

En este nuevo caso, tan sólo será necesario demostrar los 6 meses de trabajo; sin importar el tiempo que lleves en España.

Así, el requisito más importante para este procedimiento de extranjería es colaborar con la administración laboral y conseguir una sentencia favorable tras denunciar a la empresa o empleador que nos ha contratado durante este periodo sin un contrato de trabajo.